jueves, 14 de mayo de 2009

CONTEXTO SECTORIAL DEL DEPORTE PARA LA GENERACIÓN DE INDICADORES PARA COLOMBIA

En el proceso de descentralización política, administrativa y fiscal colombiano, pese a los mandatos de orden constitucional, legal y político, se presentan serios altibajos y una muy pobre medición de sus impactos dentro de un amplio contexto de eficiencia, productividad, efectividad, equidad y transparencia de la gestión pública, de manera particular sobre uno de los temas centrales del desarrollo: la equidad social, lo cual, sin lugar a dudas deberá soportarse con los instrumentos fundamentales de la planeación, el control, el seguimiento y la evaluación.

En efecto, tales procesos, ha producido impactos importantes en el ámbito territorial, con la definición de mayores competencias y recursos, tal y como de manera explícita se manifiesta en el sector de recreación, deporte, educación física y aprovechamiento del tiempo libre, pero hoy se desconocen públicamente tales impactos y mucho menos sobre el tema de equidad social. ¿Cuál es el aporte sectorial para la disminución de la equidad social?

Paralelamente la participación y los mecanismos para ejercer el control sobre el uso de los recursos, en función de las demandas sociales, han sido regulados por la ley y en particular para el sector, es claro que la ley 181 de 1995, ha dispuesto la posibilidad de ejercer tal derecho, entre otros, a través de la participación de la comunidad en la formulación de los respectivos planes locales de deporte, recreación, educación física y aprovechamiento del tiempo libre[1] y la conformación de las veedurías deportivas[2]. ¿Cómo se han construido estos planes? ¿Existen? ¿Quiénes los conocen? ¿Cuántos se han evaluado? ¿Cuáles han sido sus resultados? No se trata entonces únicamente que por mandato de la ley, las entidades territoriales estén en la obligación de formular los planes sectoriales de deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre, sino que ellos se hagan visibles a la comunidad y con la participación de ella en su formulación. Por otro lado, conociendo estas obligaciones legales, ¿dónde están las glosas de la Contraloría o las demandas de las Personerías o de la Procuraduría hacia los responsables por el incumplimiento de estos mandatos legales acorde a como lo establece la ley? Es evidente que hay un gran desconocimiento del sector y por parte de las autoridades territoriales su incumplimiento es bastante evidente a lo largo y ancho del país.

En razón de ello, la realización de procesos de planeación (formulación, seguimiento y evaluación), en el campo del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, se han de construir desde un enfoque de Equidad Social[3] buscando posibilitar la resolución de las desigualdades económicas, sociales y políticas que se presentan en las entidades territoriales y que para el caso particular del sector de recreación, deporte, educación física y aprovechamiento del tiempo libre, debería ser liderado por el INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE, como una política real de Estado, que de alguna manera permita evaluar la intervención real del Estado en sus distintos niveles territoriales, en este campo vital de la vida de los colombianos.

Entendiendo que lo único que justifica la vigencia y la competitividad de una organización o aún más complejo la de un sector, ello se relaciona especialmente con el cumplimiento de su misión, es decir, la de satisfacer unas necesidades demandadas dentro de ciertos requerimientos de calidad y de empleo de recursos, y que tal hecho no puede estar expuesto de manera arbitraria al azar y a la incertidumbre; se hace necesario entonces desarrollar determinados mecanismos que disminuyan los riesgos de no llegar a cumplirla, lo cual sin lugar a dudas se hace a partir de la formulación de los planes, en este caso particular de los planes sectoriales de deporte, recreación y educación física que la ley 181 de 1995 ha obligado a formular. Pero estos planes, no pueden ser hechos únicamente para el escritorio o para cuando llegue la contraloría o cualquier otro ente de control; hay que volverlos realidad, es decir, ejecutarlos y actuar en función de ellos, para lo cual, habrá que crear los mecanismos necesarios que permitan su ajuste o corrección en la medida de las necesidades e incontingencias que se presentan a lo largo de su ejecución. Es ahí donde surge el control como instrumento básico que permite a través de la verificación, y la evaluación, periódica, sistemática y oportuna, proponer correctivos que conlleven al cumplimiento de los objetivos, o implementar las acciones que sean necesarias y así poder lograr cumplir la misión.

En consecuencia con ello, se hace absolutamente necesario la creación y desarrollo de un sistema que facilite e incluso propicie la medición, verificación y evaluación no solo de la gestión, sino igualmente del cumplimiento de tales principios de la función administrativa, lo cual genera la necesidad de contar con ciertos instrumentos que sirvan para hacer tales mediciones de forma confiable, comparable, cuantificable, e incluso que puedan evidenciar el avance y estado de cómo se están alcanzando los objetivos en un momento dado, y en caso necesario poder adoptar los correctivos que permitan el cumplimiento de la misión de la organización. Entre tales instrumentos, se encuentran por ejemplo, los cuadros de control, las estadísticas, los cuestionarios y desde luego los denominados INDICADORES DE GESTION.

Sin embargo, con respecto a la medición y evaluación de la actividad estatal será fundamental tener en cuenta, entre otros aspectos de acuerdo con Wiesner[4], tres tipos de situaciones:
  1. La importancia de introducir mayor racionalidad en los ajustes o correcciones fiscales, lo que supone un adecuado conocimiento de las actividades del sector público y de su impacto para efectuar los recortes de manera diferenciada y según prioridades bien establecidas; ¿cuál es el criterio mediante el cual se disminuyen o se incrementan los recursos para el sector deportivo? Por otro lado, de manera particular, en el caso del sector de deporte, recreación educación física y aprovechamiento del tiempo libre, frente a la arbitrariedad manifiesta de las Entidades Territoriales en el manejo de los recursos asignados por la ley, así como su baja o nula evaluación del impacto de los diferentes programas, quién determina, quién o quiénes priorizan la inversión hacia el sector? En tal condición, es más que evidente considerar este parámetro a la hora de establecer los procesos de medición y de evaluación de la actividad estatal, por lo menos en cuanto a este sector se refiere. Cada Entidad Territorial e incluso el mismo COLDEPORTES NACIONAL, destina recursos acorde con las coyunturas y no con la importancia estratégica y estructural del sector, o aún más grave sin considerar lo que han establecido en sus propios planes sectoriales.
  2. El alto costo político que pagan los gobiernos cuando la opinión pública percibe poca eficiencia y eficacia en los programas públicos; hasta ahora sólo la consecución de medallas y triunfos constituyen las pocas percepciones de los impactos del sector; aún están lejos del alcance de la opinión pública en general, temas mucho más relevantes, como el altísimo poder preventivo y mejoramiento de la salud pública o su rol en términos educativos y de transformación de la cultura de la ciudadanía.
  3. La mayor demanda de transparencia y de responsabilidad por parte de sociedades más democráticas. Para el caso, desde el mismo mandato constitucional emanado del Art. 52º, plantea que “el estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas”; así mismo la ley 181 de 1995, más conocida como la ley del deporte, de manera específica, ha ordenado la creación de veedurías deportivas, cuyo fin principal, precisamente es intentar mostrar la transparencia en la ejecución de los recursos dispuestos para el desarrollo de las actividades del sector. Sin embargo, es necesario aclarar que la transparencia y la responsabilidad tienen que ver con la verificación de los principios de eficiencia, eficacia, productividad, equidad, celeridad, prioridad y oportunidad en el uso de tales recursos, lo que significa dotar de los elementos necesarios a los propios entes del deporte, a los organismos encargados de la inspección, vigilancia y control y las mismas veedurías deportivas, de las herramientas que hagan viable tal propósito.

Acorde con lo anterior, se hace necesario desarrollar instrumentos y mecanismos que permitan la evaluación, el seguimiento y el control de la actividad sectorial del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre, a través de indicadores, que permitan entre otras tantas posibilidades, establecer la eficiencia y efectividad en el uso de los recursos destinados a satisfacer esta necesidad básica del ser humano y que de la mano de estrategias intersectoriales, permitan su articulación con otras acciones, que propicien el desarrollo integral y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas.



[1] Ley 181 de 1995, Artículos 61º, 66º y 69º (concordante con lo señalado en la ley 617 de 2000).
[2] Ley 181 de 1995, Art. 61, núm. 18.
[3] La Equidad, además de ser un reto del gobierno es un deber constitucional. Su finalidad es la de promover la transformación de las relaciones desiguales y discriminatorias entre los diferentes actores sociales, hombres y mujeres, de acuerdo a sus particularidades.

[4] WIESNER, EDUARDO. FUNCION DE EVALUACIÓN DE PLANES, PROGRAMAS, ESTRATEGIAS Y PROYECTOS. CEPAL, SANTIAGO DE CHILE, MAYO DE 2000.

1 comentario:

  1. es muy interesante lo escrito ,pero fuera sido bueno agregarle casos o ejemplos concretos y actuales de lo que plantea pues debido a la falta de los mismos ay muchjas afirmaciones que aun no me convencen.GRACIAS

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